Una estafa a inversores argentinos en una mesa de dinero no autorizada por el Banco Central que funcionaba en la Capital Federal será investigada por la justicia de las Islas Caimán.
Así se desprende de un fallo de la Corte Suprema de Justicia, que ratificó una decisión de la Cámara en lo Comercial ante el reclamo de unos 570 ahorristas particulares y 19 “inversores institucionales”.
Según describió el sitio de internet especializado en operaciones financieras “mercadodedinero.com”, la Corte “rechazó rever el fallo de la Sala D de la Cámara Comercial que legitimó que una cueva financiera, que operaba ilegalmente en Buenos Aires en los pisos 24 y 25 de Bouchard 547, se quedara con los ahorros de casi 600 personas”.
Se trata de operaciones vinculadas con BII Creditanstalt, “una entidad financiera off shore, constituida bajo las leyes de Islas Caimán, que operaba en Buenos Aires dedicándose a captar fondos de ciudadanos argentinos para fugarlos al exterior”, que no estaba inscripta ni en la Inspección General de Justicia para desarrollar esa actividad ni autorizada por el Banco Central.
Pero cuando estalló la crisis de fines de 2001 y principios de 2002, los directivos del BII Creditanstalt les informaron a sus clientes que los fondos que suponían que estaban en el exterior en realidad habían sido prestados o invertidos en la Argentina, y quedaron atrapados en las medidas que incineraron el país por aquellos tumultuosos días.
Dos inversores pidieron la quiebra del BII Creditanstalt en la Argentina y allí descubrieron que sólo se trataba de una entidad ficticia, cuya dirección en Islas Caimán era sólo una casilla de correo.
La ex fiscal ante la Cámara en lo Comercial y actual procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, apeló la decisión del tribunal de atribuirle competencia a la justicia de Caimán pues consideró que ello implicaba “neutralizar las consecuencias jurídicas derivadas de una actividad no autorizada por el Banco Central de la República Argentina, en violación a lo dispuesto por la Ley de Entidades Financieras”.
Pero la Corte, en una resolución que lleva las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, rechazó el planteo por “inadmisible”.