Nacido en el exilio no es lo mismo que exiliado, ni desaparecido. Por lo menos así lo entendió la procuradora general adjunta Laura Monti, quien recomendó a la Corte Suprema el rechazo del planteo de una hija de perseguidos políticos de la última dictadura que reclamó un resarcimiento económico por haber nacido en Suiza, donde se habían exiliado sus padres.
El dictamen aconseja al máximo tribunal la confirmación de un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que desestimó el planteo de Lucía Trincheri, hija de Martín Elbio Trincheri y Nélida Beatriz Santa María.
Ambos “fueron reconocidos como refugiados por el Alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)”, y que “la decisión de emigrar de los padres pudo estar razonablemente fundada en el temor a perder sus vidas o libertad”.
Trincheri, quien nació el 5 de octubre de 1978 en Lausanne, Suiza, “regresó al país por el sistema de repatriación voluntaria con intervención de la ACNUR el 16 de julio de 1985”, junto con su madre, y después de la sanción de la ley 24.043 inició el reclamo para obtener la reparación económica.
Trincheri reclamó esos beneficios “desde el día de su nacimiento en el extranjero hasta que regresó a la Argentina, a raíz del exilio padecido por sus padres por su condición de perseguidos políticos”.
Pero tanto el Ministerio de Justicia cuanto la Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazaron la aplicación de la ley, tras considerar que Trincheri “nunca estuvo privada de su libertad física o ambulatoria, que no corrió riesgo su vida y que el único sustento de su solicitud fue el haber nacido en el extranjero durante el exilio político de sus padres, lo cual excede el ámbito de aplicación de la ley”.