Por medio de resolución del día 10 de diciembre, la Cámara Nacional Electoral concluyó que las restricciones impuestas a Poder Ciudadano, por parte de la Junta Nacional Electoral de la Ciudad de Buenos Aires, han sido excesivas en relación con las propias del mantenimiento del orden de la jornada electoral.
Recordamos que Poder Ciudadano se vio obligado por las restricciones impuestas por la Junta Electoral de CABA, a suspender la observación electoral en la Ciudad de Buenos Aires por haber sido habilitados sólo 10 de los 103 observadores presentados ante la justicia.
La Cámara Electoral “hace saber a la señora juez federal con competencia electoral en el distrito de Capital Federal (Servini de Cubría) y por su intermedio a la Junta que, en lo sucesivo deberá procurar un tratamiento equitativo entre las distintas organizaciones, dependencias e instituciones a las que se autorice a realizar actividades de acompañamiento o monitoreo del acto electoral”.
Destaca la resolución que si bien se encuentra dentro del ámbito propio del juzgado federal precisar los límites y condiciones a los que deben ajustarse las actividades de acompañamiento cívico, ello no debe conducir a desnaturalizar la vía de participación y acceso a la información electoral.
Ante la autorización a más de 100 observadores de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires por parte de la Junta Electoral, la Cámara resalta que “no puede pasarse por alto que se advierte una significativa disparidad de trato entre distintas entidades que pretendieron monitorear el proceso comicial”.
Pablo Secchi, Director Ejecutivo de Poder Ciudadano, indicó que “leemos el fallo en forma positiva dado que en él se confirman las restricciones que denunciamos, pero lamentamos que no se actuó en forma inmediata para solucionar el problema y posibilitar la observación electoral en la Ciudad de Buenos Aires”.
Poder Ciudadano destaca la necesidad de una normativa a nivel nacional que permita a las organizaciones de la sociedad un marco claro que garantice el desarrollo sin restricciones de la observación electoral.