La Cámara del Trabajo condenó a ARTEAR (Arte Radiotelevisivo Argentino, Canal 13, Grupo Clarín) a indemnizar a una periodista con más de 360 mil pesos porque la tuvo mal registrada durante casi dos años.
La denunciante era editora y su mayor actividad estaba vinculada con el sitio de internet de la señal de cable TN.
Durante los dos primeros años no fue registrada adecuadamente por la empresa y, por ende, se veía obligada a trabajar nueve horas diarias, sin cobrar extras por ello. Sus propios compañeros testificaron que trabajaba de “…8.00 a 17.00 horas con horario de almuerzo de lunes a viernes…”.
Los jueces Oscar Zas y Enrique Arias Gibert establecieron que además de la situación irregular de registro de la trabajadora, se sumó el cambio de jefe en la empresa y el comienzo de una “relación hostil” que se traducía en que “había cambios permanentes y de rotación de personal y lo hacían incumpliendo categorías y horarios sin aviso”.
“Queda en evidencia que los cambios en la forma y modalidad de la prestación de trabajo de la accionante fue solo uno de los hechos injuriosos imputados por ésta a su empleador” y “el otro hecho… lo configuró la irregularidad registral en orden a la fecha de ingreso”, concluyen los jueces.
El fallo condena a la empresa del Grupo Clarín a indemnizar a la trabajadora con 364.862 pesos.