La Cámara en lo Contencioso Administrativo federal dejó sin efecto una multa de más de 17 mil pesos que la AFIP había aplicado al consultor de medios y analista político, Manuel Mora y Araujo, por supuesta evasión del IVA entre 2000 y 2004.
La Sala Primera del Tribunal, con las firmas de los jueces Clara Do Pico, Rodolfo Facio y Carlos Grecco, hizo lugar al planteo de Mora y Araujo para que “se deje sin efecto la resolución suscripta por el director de la Dirección Regional Norte de la AFIP” mediante la cual se le “impuso una multa de 17.109,92 pesos”.
La multa fue aplicada porque, según argumentó la AFIP, “la presentación de sus declaraciones juradas del impuesto al valor agregado para determinados períodos en los que consignó datos que no reflejaban su situación impositiva real”.
“Las irregularidades detectadas se extendieron desde diciembre de 2000 hasta agosto de 2004” y, según la AFIP, “medió un incumplimiento voluntario y direccionado puro y exclusivamente a no pagar el IVA por parte del contribuyente”, mediante la “omisión de ventas, ingresos, honorarios y sueldos”.
Pero el tribunal replicó que “debe acreditarse en forma clara y suficiente la intención de omitir el impuesto, es decir la existencia de ardid, maniobra o engaño, y no solamente el resultado defraudatorio”, lo que en el caso no ocurría puesto que, además, Mora y Araujo había rectificado las declaraciones jurada erróneas.
“La contradicción existente entre las declaraciones juradas rectificativas y las originales no implica, per sé, que se haya producido una conducta defraudatoria”, resumió el fallo.