La Cámara del Crimen puso al borde del juicio oral al empresario futbolístico Gustavo Mascardi y a dos de sus familiares que integran la empresa Gerenciar Sociedad de Fútbol por una presunta estafa con la venta de los derechos federativos de jugadores juveniles de Ferro Carril Oeste.
La Cámara ratificó la decisión del juez de instrucción Fernando Caunedo, quien había dictado los procesamientos contra Emilio Horacio, Alejandro Enrique y Carlos Gustavo Mascardi por “defraudación por desbaratamiento de los derechos acordados”.
Ese delito, según la resolución, se produjo “en la transferencia de los derechos económicos de los futbolistas Ezequiel Miralles, Carlos Arancibia, Sebastián Galíndez, Dante Pérez y Arturo Ramírez”.
En agosto de 2004, Gerenciar le transfirió por un millón de dólares los derechos de los futbolistas a Eco Andina S.A., pero luego los derechos de algunos de esos jugadores fueron transferidos a otra empresa, Modine Internacional S.A., en sociedad con el club Deportivo Italiano.
“Al suscribirse el instrumento jurídico con Modine, a través del cual se le cedía el 50 por ciento de los derechos económicos derivados de los derechos federativos del jugador Ramírez, se tornaba litigioso ese derecho que había sido adquirido años antes por Eco Andina”, sostenía el fallo, ahora confirmado.
La Sala Quinta de la Cámara, con las firmas de las jueza María Laura Garrigós de Rébori y Mirta López González, también ratificó los embargos para cada uno de los imputados por 400.069,67 pesos.
La Cámara rechazó los argumentos de la defensa de Emilio Horacio Mascardi, Alejandro Enrique Mascardi y Carlos Gustavo Mascardi, a cargo de Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro.
Las tareas de investigación -dice el fallo- “permitieron despejar las dudas que hasta ese entonces existían y consecuentemente, tener por acreditada la materialidad del suceso que se les atribuye a los imputados y sus responsabilidades”.
“Consideramos plausible la hipótesis que contiene el auto de mérito y que fuera sostenida por el ministerio público fiscal y por la acusadora particular”, representada por los abogados Gustavo Romano Duffau y Gerardo Pardo.
El tribunal recomendó “que las actuaciones avancen a las próximas etapas del procedimiento y que eventualmente sea en el marco del juicio oral, en el que prevalecen los principios de oralidad e inmediatez y donde los testigos pueden ser exhaustivamente interrogados, donde se defina la responsabilidad y, en su caso, el grado de participación de cada uno de los imputados”.