La Cámara en lo Civil y Comercial Federal ratificó que el PAMI deberá seguir cubriendo los gastos del alojamiento de una anciana en un geriátrico y de “las demás prestaciones requeridas por sus profesionales tratantes”.
Se trata de una mujer de 81 años de edad, que padece demencia senil y está alojada en un establecimiento aconsejado por los médicos que la atienden de sus dolencias.
En plena feria judicial, la Sala Primera ratificó una medida cautelar que había sido apelada por el PAMI, argumentando que le había ofrecido al paciente “un listado de geriátricos entre los cuales podía elegir la beneficiaria, quien no accedió a dicha propuesta”.
Ese listado incluía a los establecimientos que tenían contrato con la obra social de los jubilados, pero los jueces Guillermo Antelo, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras replicaron que el PAMI “no ha acompañado información alguna sobre los establecimientos propuestos”.
El fallo evaluó “los certificados médicos en los que se considera ‘absolutamente pertinente que continúe internada en la Institución en que se encuentra ya que ha logrado adaptarse adecuadamente’, por lo que ‘no es conveniente su traslado a otra institución’”.
El fallo también aclara que “la decisión del Tribunal sobre la medida cautelar no es definitiva sobre la pretensión y lleva ínsita una evaluación del peligro de permanencia de la situación actual dirigida a conciliar los intereses de los actores fundados en un derecho verosímil a la salud y el derecho constitucional de defensa del demandado”.