La Cámara del Crimen le atenuó la acusación a un policía que agredió a un motociclista por una discusión de tránsito, argumentando que pese a estar uniformado no estaba cumpliendo un “acto de servicio”.
El tribunal rebajó la acusación, de “apremios ilegales”, que tiene una escala penal de uno a cinco años de cárcel, por el de “lesiones leves”, que contempla penas de entre un mes y un año de prisión.
La víctima denunció que “circulaba en su moto por la avenida Cabildo cuando tuvo un altercado con el acusado, ya que intempestivamente direccionó su vehículo hacia el lado derecho de la calle encerrándolo, por lo que tuvo que realizar una brusca maniobra para evitar la colisión”.
El denunciante “se acercó a la ventanilla del conductor y le manifestó que tuviera cuidado, advirtiendo en ese momento que era policía”, y tras una serie de insultos, ambos descendieron de sus vehículos.
“En ese contexto el preventor lo empujó y aprovechó su caída para golpearlo en la espalda, codos y antebrazos, accionar que repitió cada vez que intentaba reincorporarse. Finalmente lo tomó del cuello y arrojó contra el capot del vehículo”, describe el fallo.
Testigos ratificaron que el policía “vestía un uniforme de la Policía Federal” y le gritaba: “ahora vas a ir preso, ahora vas a caer en cana”. Además, describieron que tras reducir al motociclista lo hizo “poner como si lo estuviera deteniendo, ya que le colocó las manos detrás de la espalda”.
Pese a ello, los camaristas Marcelo Lucini y Mario Filozof entendieron que “no se advierte que el policía prestara al momento del episodio un acto de servicio”, sino que todo se desarrolló en un incidente de tránsito en el que aquél, a raíz de la discusión suscitada por una maniobra lesionó al denunciante.
“Su condición de funcionario público sólo podrá, eventualmente, ser merituada al momento de establecer la pena”, añadieron los jueces.
“Apremiar es ejercer algún tipo de presión, física o psicológica, para la obtención de algo a cambio… el autor debe actuar como funcionario, en un acto de servicio”, explicó el fallo.