La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento contra dos policías por “abuso de autoridad” por haber disparado a un automóvil que huía temiendo ser víctima de un asalto, pero les permitió que sigan trabajando dentro de la fuerza de seguridad.
La Sala Quinta de la Cámara ratificó los procesamientos contra los policías a raíz de un episodio ocurrido en mayo de 2014, cuando dispararon contra un automóvil en el que viajaba una pareja.
La pareja declaró que dos personas a las que no pudieron identificar como policías intentaron interceptarlos, ante lo cual y suponiendo que se trataba de un asalto aceleraron el vehículo, pero sintieron detonaciones de armas de fuego e instintivamente se agacharon dentro del rodado, perdiendo el control y chocando contra un árbol.
Los policías brindaron otra versión: dijeron que acudieron ante un alerta por delincuentes que “habían ingresado en domicilios de la misma zona caminando por los techos, que se acreditaron como policías y, en dicha calidad, le impartieron la orden al conductor para que detenga el auto, sin que éste la haya acatado”.
Por el contrario, el vehículo aceleró “a gran velocidad en dirección a los policías, de modo que sus disparos buscaron que frenara o modificara su trayecto a fin de evitar el impacto”.
Pero un peritaje técnico los desmintió, pues la Dirección de Policía Científica de la Gendarmería Nacional demostró que el vehículo de las víctimas “presentó un impacto en el zócalo derecho a la altura de la puerta trasera, con dirección de atrás hacia delante, circunstancia que autoriza a descartar la versión de los encausados en cuanto a que se encontraban en la línea de trayectoria del vehículo”.
Los jueces Ricardo Pinto y Mauro Divito ratificaron el procesamiento, pero revocaron la medida cautelar de “abstención del desarrollo de actividades funcionales en la Policía Federal Argentina que conlleven el empleo de armas de fuego y la prohibición de portar armas a título personal en lugar público o de acceso público y en condiciones de inmediato uso”.
Los uniformados “prestan servicios como policías, circunstancia que evidencia que la medida cuestionada afectaría también su derecho a trabajar, y que el suceso investigado ocurrió en mayo de 2014, sin que se hubieran incorporado constancias referidas a inconductas posteriores de los imputados, entendemos que -en la actualidad- no media necesidad de disponer las inhabilitaciones”, sostiene el fallo.
El fallo confirma, además, los embargos por 35 mil pesos para los imputados.