Tras el anuncio que realizara el Gobierno sobre el levantamiento del cepo cambiario impuesto por Cristina Fernández de Kirchner en el año 2011, se publicó la Resolución General de la AFIP sobre la eliminación de las retenciones al dólar ahorro y turista, aunque habrá un recargo del 5% para quienes compren dólares en efectivo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó en el día de la fecha las retenciones al dólar ahorro, así como también las compras al exterior y turismo, al tiempo que especificó que sólo se retendrá una alícuota de 5 por ciento para aquellas operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país que se cancelen mediante el pago en efectivo.
De esta manera, con la Resolución General 3819 publicada en el Boletín Oficial se dejó sin efecto la Resolución 3450, que establecía la retención de 35 por ciento aplicable a las operaciones de adquisición de paquetes turísticos o compras en el exterior mediante el pago con tarjeta de crédito o débito. Además, también se eliminó la percepción que establecía la Resolución General 3583 del 20 por ciento sobre las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas por personas físicas.
Asimismo y tal como se consignara más arriba, se creó un régimen de percepción de 5 por ciento que se aplicará a las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país (mayoristas o minoristas), y a la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática con destino fuera del país que se cancelen mediante el pago en efectivo.
Por otra parte, las percepciones se considerarán, conforme la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, Impuesto sobre los Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias.
La medida lleva la firma del flamante titular de la AFIP, Alberto Abad.