El máximo tribunal penal del país, la Cámara Federal de Casación, anuló los sobreseimientos de cuatro médicos que atendieron en el Hospital Zubizarreta a un joven que había sido golpeado en la vía pública y lo mandaron a su casa tras recetarle un analgésico de venta libre.
Pero un examen posterior permitió establecer que tenía “fractura de cráneo con hematoma intracraneal” por la que fue operado en otro centro asistencial.
Así, quedó sin efecto un fallo anterior que sobreseyó a los profesionales de la salud.
Los camaristas Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani coincidieron en anular los sobreseimientos y “reenviar las actuaciones al Tribunal de origen a fin de que dicte una nueva resolución conforme las pautas indicadas”, mientras que el magistrado Mariano Borinsky discrepó con sus colegas y sostuvo que “a los efectos de determinar el plazo de prescripción de la acción penal, el máximo de la pena de prisión o el máximo previsto por la pena de inhabilitación especial” estaba prescripto.
El debate era por determinar la divergencia entre el plazo de prescripción para el delito de lesiones (tres años) y la inhabilitación (cuatro años) y sobre ese punto la mayoría afirmó que “a los efectos de la aplicación del derecho penal, los conceptos de funcionario y empleado público se encuentran determinados por el ejercicio de funciones de carácter público, circunstancia ésta que se constituye en la clave para atribuir esa calidad al agente”.
Los hechos ocurrieron el 11 de febrero de 2011 cuando el joven concurrió al Pub ‘El Edén’, sito en las avenidas Mosconi y San Martín de esta Ciudad, para celebrar el cumpleaños de un amigo.