Por medio del Decreto 807/2016 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno determinó un nuevo índice de actualización de remuneraciones para las jubilaciones y pensiones con el objetivo principal de frenar los juicios contra el Estado.
La nueva disposición gubernamental que determina un nuevo índice de actualización para las jubilaciones y pensiones busca de esta manera que se interrumpa la principal causa de generación masiva de juicios contra el Estado nacional por la “liquidación errónea” en los haberes de los abuelos.
“En la actualidad existe una gran cantidad de reclamos en sede administrativa y judicial, promovidos por los titulares de las prestaciones previsionales, tendientes a lograr la redeterminación del haber inicial sobre la base de la exigencia de la actualización de las remuneraciones que deben considerarse a dichos efectos”, se explica entre los considerandos del Decreto.
Asimismo, añade que “con motivo de los planteos efectuados por los jubilados y pensionados, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con fecha 11 de agosto de 2009, dictó el precedente “ELLIFF ALBERTO JOSÉ c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS”, en el cual, al confirmar la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, estableció que la actualización de las remuneraciones computables a efectos de determinar la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia se practicará hasta la fecha de adquisición del beneficio, sin limitación temporal alguna”.
En efecto, también precisa que “es dable destacar que a pesar de los dictados de las diferentes normas reglamentarias que fijaron distintos métodos de actualización de remuneraciones para el cálculo de las prestaciones previsionales, no se ha logrado solucionar la problemática referida a la litigiosidad institucional que enfrenta actualmente el organismo de gestión del Sistema Nacional de la Seguridad Social, ni tampoco evitar la presentación masiva de nuevos reclamos administrativos y judiciales, en lo que respecta a períodos de actualización anteriores a la vigencia de la Ley N° 26.417”.
Por consecuente, se determinó que a los efectos de comenzar a dar una solución a la problemática planteada y con el objeto específico de interrumpir la principal causa de generación masiva de juicios, “el Estado Nacional ha decidido efectuar las correcciones necesarias para que las remuneraciones que se toman en cuenta para calcular las futuras prestaciones, sean actualizadas en forma justa y razonable, en concordancia con las previsiones que ha definido el Legislador al momento del dictado de la normativa previsional vigente y la jurisprudencia emanada del Tribunal cimero”.
La nueva disposición gubernamental lleva las firmas del Presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete Marcos Peña, y del ministro de Trabajo, Jorge Triaca.