Por medio del Decreto 771/2016 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó la ley 27.253 que ordena la devolución del 15 por ciento del IVA a jubilados y beneficiarios de planes sociales.
El Ejecutivo nacional promulgó la ley Nº 27.253 sancionada recientemente por el Congreso que dispone la devolución del 15 por ciento del IVA tanto a jubilados como a beneficiarios de planes sociales para la compra con tarjeta de débito de productos de consumo masivo en comercios minoristas.
Según el texto de la iniciativa aprobada por el Parlamento, “la magnitud del reintegro no podrá ser inferior a 15% del monto de las operaciones (…), en tanto no supere el monto máximo que establezca el Poder Ejecutivo Nacional en función al costo de la canasta básica de alimentos”. Asimismo, establece que hasta tanto el Instituto Nacional de Estadística y Censos no publique la canasta básica de alimentos, el monto máximo será de 300 pesos por mes y por beneficiario.
Por otra parte, agrega que ese tope deberá ser modificado “en función a la variación de la canasta básica de alimentos, en los meses de julio y enero de cada año, a partir del mes de enero de 2017, o de la entrada en vigencia del presente título, lo que resulte posterior”.