Por medio del Decreto 858/2016 publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional dispuso que se le reintegre el IVA tanto a los jubilados como a los beneficiarios de asignaciones sociales para las compras realizadas con tarjetas de débito en comercios minoristas.
La norma, que había sido sancionada favorablemente por el Congreso nacional, abarca a aquellos jubilados que cobran un haber mínimo de 4.959 pesos, y también a las pensiones no contributivas nacionales que no superen al haber mínimo. Asimismo, también beneficia a quienes perciban la asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
“Fíjase la magnitud del reintegro previsto en el Artículo 1° de la Ley N° 27.253 en el quince por ciento (15%)… en tanto no supere el monto máximo de pesos trescientos ($300) por mes y por beneficiario, o el que se determine en el futuro en función a lo indicado en el Artículo 2° de la misma norma”, se describe en uno de los artículos de la ley, donde además se aclara que el régimen se aplica a las operaciones que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2017.
Además y por tratarse del primer mes de vigencia del régimen, a los beneficiarios se les reintegrará $150 por cada una de las dos primeras compras que realicen, si el monto de la devolución del 15% fuese menor.
Por otra parte, establece que la devolución del impuesto también será otorgado cuando las transacciones comerciales se realicen mediante “transferencias bancarias realizadas a través del uso de dispositivos de comunicación móviles en el marco del sistema que desarrolle, implemente y administre el Banco de la Nación Argentina”.
El Decreto lleva las firmas del Presiente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete Marcos Peña; y del ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat Gay.