La ONG Poder Ciudadano solicitó la inconstitucionalidad del nuevo régimen de Declaraciones Juradas patrimoniales de funcionarios públicos, al considerar que la reforma sancionada por el Congreso genera un fuerte retroceso.
Poder Ciudadano presentó una acción de amparo ante la Justicia pidiendo que se declare la inconstitucional del nuevo régimen de Declaraciones Juradas (Ley 26.857), al decir que el mismo implica mucha menos información sobre las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos.
“La reforma votada por el Congreso y reglamentada por el Ejecutivo Nacional en 2013 genera un fuerte retroceso ya que vuelve reservada e inaccesible para los ciudadanos y ciudadanas, información de vital importancia para controlar la evolución patrimonial de los funcionarios”, expresaron por medio de un comunicado.
En ese sentido, señalaron que con anterioridad a la reforma cuestionada, la ley establecía un detalle minucioso acerca de la información que debían contener las declaraciones juradas, tanto respecto de los bienes propios del funcionario público, como los de su cónyuge, los bienes que integraran la sociedad conyugal, los del conviviente, y los de sus hijos menores de edad; y que actualmente toda esta información ya no está a disposición de los ciudadanos, lo cual genera un claro retroceso en materia de control ciudadano.
“Poder Ciudadano considera que las modificaciones al régimen anterior resultan contrarias a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino en virtud de la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, y afectan el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales”, objetaron desde la ONG.
Por consiguiente, solicitaron a la Justicia que se declare la inconstitucionalidad de las normas mencionadas y que, además, le ordene al Poder Ejecutivo Nacional que “instruya las medidas necesarias a fin de garantizar el efectivo ejercicio de derecho de acceso a la información pública, y garantice el real cumplimiento de las obligaciones asumidas en la Convención Interamericana de Lucha contra la Corrupción”.