Por medio de las Resoluciones 352 – E/2016, 353 – E/2016 y 355 – E/2016 publicadas en el Boletín Oficial, se declaró la emergencia agropecuaria en Tucumán, Córdoba y Buenos Aires, que fueron afectadas por las inclemencias climáticas que produjeron desbordes de ríos e inundaciones en los campos.
En el caso de Buenos Aires, la medida beneficiará desde el 1º de enero de 2016 al 31 de octubre del corriente a las explotaciones agropecuarias afectadas por crecidas, desbordes e inundaciones del sector islas de los Partidos San Fernando y Campana y en las circunscripciones IV y VIII e islas del Partido San Pedro y las circunscripciones I, II y V e Islas del Partido de Zárate.
Además, también serán beneficiadas las circunscripciones VI, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV y XV del Partido de General Villegas, en las circunscripciones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, y X del Partido Rivadavia, las circunscripciones III, IV, VII, VIII, IX y X del Partido Adolfo Alsina y en las circunscripciones I, II, III, IV, V y XII del Partido de Puán.
En el caso de la provincia de Córdoba, se determinó la emergencia desde el 18 de mayo de 2016 al 31 de diciembre del corriente a las “explotaciones agrícolas, ganaderas, tamberas y apícolas, perjudicadas por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016 que desarrollan su actividad en la zona afectada, delimitando el área dañada, según la aplicación del criterio de cuenca hídrica, conforme el Sistema de Información Territorial cartográfica digital georreferenciada provincial, a las cuencas hidrográficas de Río Carnero y Salsipuedes; Río Jesús María y Río Pinto; Río Totoral y Arroyo Macha; Corral de Bustos y Arroyo del Pescadero; Río de los Tártagos y Río Seco y Sistema Río Dulce”.
Lo propio regirá también para las cuencas del Río Carcarañá, Sistema Vicuña Mackenna, Arroyo Santa Catalina, Sistema de Canals, Río Quinto (Popopis), Sistema de General Roca, Sistema Morteros, Río Segundo y Sistema San Francisco.
Por último y respecto a la provincia de Tucumán, la medida abarca desde el 15 de octubre de 2015 al 30 de abril de 2017, a las explotaciones vitivinícolas dañadas por heladas extremas de las Comunas Colalao del Valle y Amaicha del Valle.