Para ello, se solicitó que se reglamente la adhesión de la provincia de La Pampa a la ley nacional 24374, la llamada Ley Pierri, que estableció un régimen de regularización dominial en favor de ocupantes que acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres años de inmuebles urbanos.
La legislación refiere a los ocupantes que con causa lícita acrediten la posesión antes del 1º de enero de 1992, respecto de inmuebles edificados urbanos que tengan como destino principal la vivienda única. El requisito del período de posesión fue actualizándose periódicamente hasta que la ley 26493 lo fijó en tres años con anterioridad al 1º de enero de 2009.
La ley nacional deja a cargo de cada provincia la reglamentación del procedimiento de regularización y la asignación de la autoridad de aplicación, según explicó Consiglio.
Así quienes pueden obtener el beneficio son las personas ocupantes originarios del inmueble, el cónyuge supérstite y sucesores hereditarios del ocupante originario que hayan continuado con la ocupación, las personas, que sin ser sucesores, convivieron con el ocupante originario, recibiendo trato familiar, por un lapso no menor a dos años, y que hayan continuado con la ocupación, y los que, mediante acto legitimo fuesen continuadores de la posesión.