Así se desprende de una disposición notificada, entre otros, a los barras Rafael Di Zeo y Mauro Martín, que reconoce que “se ha incurrido en un error involuntario”.
Los barras de Boca tenían prohibido el acceso a las canchas por una resolución, la 354/17, artículo 2 inciso a), que establece que “se podrá restringir la concurrencia a toda persona que se encuentre condenada, procesada o con auto de elevación a juicio, o que se encuentre sujeta a suspensión de juicio a prueba, respecto de delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley N° 23.184, o por cualquier otro delito cometido en el exterior, con motivo u ocasión de un espectáculo futbolístico”.
Pero el área de Seguridad del gobierno advirtió que la aplicación de ese inciso podía mostrar un flanco débil para que los barras pudieran atacar judicialmente la restricción.
De hecho, ya presentaron una acción de amparo ante la Justicia pidiendo el levantamiento de la prohibición.
En virtud de ello, Guillermo Patricio Madero, director nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos, dependiente del Ministerio de Seguridad, firmó una “rectificación” de la disposición y cambió el inciso a) por el d), que establece un escenario más amplio para la restricción.
El inciso en cuestión habilita la prohibición para los barras “cuando hubieran tenido conductas violentas contra las personas o las cosas, hayan ingresado a lugares no permitidos, entre otras, dificulten el normal desenvolvimiento de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante y después de la disputa del encuentro o durante las concentraciones y entrenamientos de los equipos”.
Inmediatamente después, el abogado Rodrigo González, quien patrocina a Mauro Martín, presentó un escrito ante la Justicia para “poner en evidencia la liviandad de la actuación, que exhibe un alarmante nivel de improvisación en cuanto a su sostén argumental”.
Al mismo tiempo, denunció “el desprecio por los derechos (de Martín) y de todos quienes se encuentren en su misma situación”.
No obstante, consideró que la rectificación “no ha modificado en nada la arbitrariedad manifiesta que caracterizó a su antecedente, y los argumentos volcados en el escrito que da inicio a esta acción alcanzan también al marco normativo bajo el que, tardíamente se pretende rectificar la decisión oportunamente cuestionada”.
El amparo de los barras contra la prohibición administrativa de concurrir a las canchas tramita ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal número cuatro, a cargo de la jueza Rita Ailán.