“Autorizase a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) a incrementar el valor autorizado por la Resolución Nº 2017-1975-APN-MS, en hasta un cuatro por ciento (4%) a partir del 1º de Febrero de 2018”, instruye el artículo 1º de la norma que lleva la firma del ministro de Salud, Adolfo Rubinstein.
Asimismo, aclara que las entidades de medicina prepaga deberán extremar los recaudos necesarios para notificar de manera fehaciente a los usuarios, a fin de que aquellos tengan cabal información de dichos aumentos.
En relación al incremento, se justifica que la Superintendencia de Servicios de Salud evaluó la caracterización del sector de las empresas de medicina prepaga y revisó el incremento de costos del sector, por lo que “del análisis realizado, surge que resulta razonable autorizar un aumento general, complementario y acumulativo, de aquel que fuera aprobado el 27 de octubre de 2017”.