“La medida beneficiará a 2.635 empresas bonaerenses que dejarán de actuar como agentes de recaudación y, de esa forma, verán reducidos sus costos administrativos. Buscamos mantener actualizados los parámetros de ingresos que se usan para determinar qué contribuyentes deben ejercer como agentes de recaudación, de manera de evitar distorsiones y focalizar la obligación en aquellas empresas que cuentan con una estructura adecuada para hacerlo”, explicó el director de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), Gastón Fossati.
Desde el organismo recaudador, además, señalaron que a partir de los nuevos valores establecidos en la Resolución 53-17 de ARBA publicada en el Boletín Oficial, los contribuyentes que hubieran obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) superiores a 32 millones de pesos deberán actuar como agentes de percepción y retención del régimen general. Antes -remarcaron- ese parámetro se ubicaba en 20 millones de pesos.
En relación a los expendedores de combustibles líquidos y derivados del petróleo, la obligación se fijó a partir de los 48 millones de pesos, cuando la anterior estaba en 30 millones de pesos; en tanto que para quienes realizan operaciones de venta de cosas muebles el mínimo se situó en 16 millones de pesos, sustituyendo así el piso de 10 millones de pesos que regía desde hace dos años.
“En enero de 2016, apenas comenzada nuestra gestión en ARBA, escuchamos la necesidad de las empresas y resolvimos aumentar los mínimos para brindarles un alivio a las pymes. En aquel entonces, los valores no se actualizaban desde hacía 6 años, lo que generaba enormes distorsiones”, recordó Fossati.
“Ahora volvemos a incrementar ese piso para que los montos se mantengan acordes a la realidad, porque nuestra intención es que las empresas trabajen en un contexto de previsibilidad y transparencia”, completó el director de ARBA.