Las condiciones del endeudamiento de hasta 534.930 millones de pesos, establecen un plazo de amortización de hasta 15 años a partir de la primera transferencia o pago de certificado; una tasa de interés variable con pago semestral, considerando que el promedio de tasa aplicadas por el BID y CAF a préstamos a la Argentina oscila entre el 3 y el 4 por ciento anual; y con una garantía de pago que podrá provenir de fondos en concepto de coparticipación federal y/o provincial de impuestos.
Además, se exime del pago de impuesto o tasa provincial a todo acto vinculado a la efectividad del endeudamiento autorizado.
Los fundamentos califican de “imperiosa” la necesidad de la ciudad de Neuquén de contar con fondos suficientes para la financiación de obras públicas. Por ello, los legisladores señalan que la autorización para contraer deuda se presenta como un instrumento a tal fin, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 36° de la Ley Provincial N°2141 (de Administración Financiera y Control).
Asimismo, retoman la Carta Orgánica de la ciudad de Neuquén, que condiciona un endeudamiento de este tipo a la sanción de una ley provincial.