A la emergencia “podrán acceder a los beneficios aquellos sujetos que acrediten inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y domicilio fiscal en Chubut, previamente a la entrada en vigencia de la Ley”.
Además, la nueva legislación precisa que deben “ser micro, pequeñas y medianas empresas radicadas en Chubut, con más de 24 meses de actividad económica registrada y que encuadren dentro de la clasificación (de pymes), establecida por el Ministerio de Producción de la Nación; y que haya mantenido la fuente laboral de todos sus empleados desde el 1° de enero de 2018, y que la mantengan mientras dure la Emergencia Comercial”.
Asimismo, se indica que “el certificado de incorporación en la declaración de Emergencia Comercial podrá ser utilizado, durante este año, con el fin de gestionar líneas de créditos a tasa diferenciada ante el Banco del Chubut y la suspensión del trámite de intimaciones por incumplimiento de obligaciones tributarias materiales por los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos”.
Finalmente, se suspende “la ejecución de sentencias firmes y consentidas dictadas en juicios de ejecución fiscal de deuda por los impuestos. Planes de facilidades de pago especiales, con reducción del 50% de la tasa de financiación”.