A través del Decreto 567/2019, el Gobierno nacional eliminó el Impuesto del Valor Agregado (IVA) de 13 productos de la canasta básica alimentaria hasta el 31 de diciembre próximo.
Según se consignó en la medida, los productos que estarán alcanzados por una alícuota equivalente al 0% en el IVA son: aceite de girasol, maíz y mezcla; arroz; azúcar; conservas de frutas, hortalizas y legumbres; harina de maíz; harinas de trigo; huevos; leche fluida entera o descremada con aditivos; pan; pan rallado y/o rebozador; pastas secas; yerba mate, mate cocido y té; y yogur entero y/o descremado.
“Es facultad del Ministerio de Producción y Trabajo entender en la supervisión de los mercados de la producción, interviniendo en los mismos en los casos en que su funcionamiento perjudique la lealtad comercial, el bienestar de los usuarios y consumidores y el normal desenvolvimiento de la economía de acuerdo a los objetivos del desarrollo nacional”, se mencionó entre los considerandos de la norma.
Por otra parte, también se recordó que mediante la Ley Nº 27.345 se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2019 la emergencia social en los términos de la Ley N° 27.200, con miras a garantizar alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, cobertura médica, transporte y esparcimiento, vacaciones y protección previsional, con fundamento en las garantías otorgadas al “trabajo en sus diversas formas” por el artículo 14 bis y al mandato de procurar “el progreso económico con justicia social” establecido en el artículo 75, inciso 19, ambos de la Constitución Nacional.
“La falta de suministro de productos en el mercado provoca un grave impacto, con el consiguiente perjuicio de la sociedad toda, requiriendo la adopción de medidas urgentes por parte del Gobierno Nacional”, argumentaron.