Por medio de la Resolución Conjunta 54/2019 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso la emisión de Letras del Tesoro en pesos a ser suscriptas a la par por el Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial (FFDP), por un monto de hasta $4.700 millones, con fecha de emisión fijada para el 2 de agosto de 2019 y vencimiento para el 1º de noviembre de 2019 (91 días de plazo).
Según se estableció entre sus condiciones financieras, su amortización será íntegra al vencimiento y devengará intereses trimestrales a la tasa BADLAR para bancos públicos, la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de más de 1 millón de pesos -BADLAR promedio bancos públicos-, calculado considerando las tasas publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde 10 días hábiles antes del inicio del período de interés hasta 10 días hábiles antes del vencimiento o de su cancelación anticipada.
El suscriptor, por su parte, podrá disponer la cancelación anticipada de las Letras del Tesoro en forma total o parcial a partir del 2 de septiembre de 2019 siendo que para el ejercicio de esa opción deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público de la Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda, con una anticipación no menor a 15 días corridos.
Por último, la norma estable que la forma de colocación de las LETES será mediante suscripción directa, y que las mismas serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales. Además, gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.