El Ejecutivo nacional dispuso, por un lado, la emisión de Letras del Tesoro en pesos con vencimiento el 17 de abril de 2020, a ser suscriptas a la par por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), por un monto de hasta $2.000 millones, con fecha de emisión y suscripción fijada para el 22 de octubre de 2019, y vencimiento para el 17 de abril de 2020 (178 días de plazo).
Según se desprende entre sus condiciones financieras, su amortización será íntegra al vencimiento y devengarán intereses a la tasa BADLAR para bancos públicos más 500 puntos básicos. “La tasa se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de más de un millón de pesos -BADLAR promedio bancos públicos-, calculado considerando las tasas publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde 10 días hábiles antes del inicio del período de interés hasta 10 días hábiles antes del vencimiento o de su cancelación anticipada, de corresponder”, indicaron.
Asimismo, los intereses serán calculados sobre la base de los días efectivamente transcurridos y 1 año de 365 días, y serán pagaderos trimestralmente el 20 de enero de 2020 y el 17 de abril de 2020.
La forma de colocación de las Letras, en tanto, será mediante suscripción directa y serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales. Además, gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
Por otra parte, la norma también dispuso la emisión de Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento el 17 de abril de 2020, a ser suscriptas por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), por un monto de hasta USD 175.593.537, con fecha de emisión y suscripción para el 22 de octubre de 2019 y vencimiento para el 17 de abril de 2020 (178 días de plazo).
El precio de suscripción fue fijado en USD 962,45 por cada valor nominal original dólares estadounidenses mil, y su amortización será íntegra al vencimiento.
Por otra parte, la tasa de interés será a cupón cero (0) -a descuento-, mientras que su forma de colocación será mediante suscripción directa.
Entre otros aspectos financieros de la medida también se destaca que las LETES serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales y que, al igual que sus pares en pesos mencionadas anteriormente, gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.