El beneficiado, vinculado con otras causas penales, fue sobreseído por la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas en relación con la presunta evasión simple del Impuesto a las Ganancias salidas, no documentadas, “en virtud de los periodos 2015 y 2016, por las sumas de 407.830,50 y 433.774,11 pesos”.
El sobreseimiento se basó “por aplicación retroactiva de la ley 27.430”, es decir, la reforma tributaria impulsada por el actual Gobierno y sancionada en 2017, que en su artículo 279 elevó el monto previsto de la evasión a un millón y medio de pesos.
“Aun cuando un significativo número de las causas abiertas deje de ser alcanzado por el poder punitivo, el Estado sigue disponiendo de otras vías de coerción como la reparatoria, a ejercer en la vía correspondiente, tendiente a obtener se recupere el monto del perjuicio causado al bien jurídico protegido”, advirtió el fallo.