Así lo resolvieron los camaristas de Casación Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, quienes rechazaron un planteo basado en que Guglielminetti tiene 78 años de edad y “no es necesario contar con un dictamen médico para saber que la cotidianeidad de la vida carcelaria incide de forma directa en el desarrollo de la vejez”.
La defensa de Guglielminetti adujo que el hecho de tener 78 años de edad “excede ampliamente el requisito etario legalmente previsto”, por lo que la negativa a la prisión domiciliaria “se aparta de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Nacional en materia de protección de los derechos de las personas mayores”.
“No es necesario contar con un dictamen médico para saber que la cotidianeidad de la vida carcelaria incide de forma directa en el desarrollo de la vejez del detenido”, insistió.
Guglielminetti también explicó una situación intrafamiliar que fue descartada “de forma arbitraria en tanto no explicitó la forma ni posibilidad de que otros familiares puedan brindar ayuda a su esposa, quien se encuentra a cargo del cuidado de sus 3 nietos adolescentes”.
El tribunal contestó que “no se desprende la discapacidad alegada de la esposa del imputado y se advierte que el grupo familiar cuenta con más de una persona para colaborar en las tareas de cuidado que recaen sobre la esposa de Guglieminetti”.
El fallo recuerda que los querellantes, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, “se opusieron a la solicitud de arresto domiciliario efectuada por la defensa de Guglielminetti”.