Establecen medidas de prevención por el coronavirus en el Transporte

A través de la creación de un Comité de Crisis, el Ministerio de Transporte de la Nación estableció una serie de medidas de prevención contra la pandemia del coronavirus. La misma incluye una comisión para transporte ferroviario, otra para automotor y una para transporte fluvial, marítimo y lacustre. Por Cuarto Intermedio

En el marco de la emergencia sanitaria dictaminada por el Gobierno nacional, el Ministerio de Transporte dictó una resolución que indica la creación de tres comisiones: “Comité de Crisis Prevención Covid-19”, que incluye una comisión para transporte ferroviario, otra para automotor (ambas dependientes de CRNT); y una tercera para transporte fluvial, marítimo y lacustre (dependientes de la Subsecretaría de Puertos Vías Navegables y Marino Mercante).

Sus funciones, según indicaron, constarán en la realización de difusión masiva con el objeto de incentivar la consulta temprana cuando los ciudadanos presenten síntomas; brindar conocimiento sobre las principales medidas de prevención a los usuarios; capacitar a los trabajadores que puedan tener relación con un caso positivo; solicitar la colaboración de los prestadores para propiciar la detección y manejo de los casos; y coordinar con instituciones locales públicas o privadas para la asistencia.

El aplicativo de la cartera que conduce Mario Meoni también dicta que los operadores de transporte automotor, ferroviario, marítimo, lacustre y fluvial tienen que incrementar las condiciones esenciales de higiene en relación con instalaciones fijas, terminales de ómnibus, ferroviarias, ferro automotor y portuarias. Lo mismo, en terminales cabeceras en jurisdicción nacional.

Asimismo, también se le requirió a los operadores de transporte de carga que implementen medidas de prevención y cuidado del personal.

Por otra parte, establece qué operadores, concesionarios y prestatarios tienen que difundir cartelería e información que brinde el Ministerio de Salud, siendo obligatorio e inmediato el cumplimiento que disponga el mismo.

Es por ello que en casos de unidades que cuenten con equipos audiovisuales, al inicio de cada tramo, el viaje tiene que difundir el video o grabación que brinde la CRNT o la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marino Mercante.

Por último, los sujetos comprendidos están encargados de colocar y suministrar alcohol en gel y/o cualquier insumo que recomiende el Ministerio de Salud.