Establecen protocolo para traslados excepcionales por razones sanitarias, humanitarias y de abastecimiento

El Gobierno nacional aprobó el procedimiento que la Subsecretaría de Transporte Automotor deberá aplicar para la autorización de traslados excepcionales, peticionados por razones de carácter sanitario y/o humanitario y/o de abastecimiento, en el marco de la cuarentena por el coronavirus. Por Cuarto Intermedio

Según se especificó en Resolución 90/2020 publicada en el Boletín Oficial, para el traslado de trabajadores pertenecientes a actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, la empresa peticionante solicitará el traslado a una transportista habilitada para realizar servicios de transporte automotor en jurisdicción nacional, indicando fecha y hora del traslado, cantidad de personas a transportar -adjuntando nómina con nombre, apellido y documento de cada uno de ellos-, origen, destino y paradas del servicio.

Esta nota deberá contener una declaración jurada de que se trata de trabajadores esenciales, detallando la actividad que realiza la empresa y la norma en la que se encuentra expresamente prevista la excepción.

“En el caso de las actividades reguladas por el Estado Nacional cuyos organismos jurisdiccionales hubiesen implementado métodos simplificados de certificación, las constancias emitidas por éstos suplirán a la solicitud descripta en este punto”, se especificó.

La transportista contratada deberá informar la solicitud al sitio de internet ssta@transporte.gob.ar con una síntesis del pedido de traslado, a la que se adicionará el DUT vigente y un teléfono celular de contacto. Luego, la documentación se analizará para, en el cado de corresponder, se emita la correspondiente nota de autorización, cuya copia deberá portarse durante todo el traslado.

Por otra parte y para los casos de traslado de ciudadanos argentinos o extranjeros residentes en el país que se peticione por razones humanitarias, se aplicará el siguiente procedimiento:

En primer lugar, la solicitud deberá ser dirigida a la Subsecretaría de Transporte Automotor por la autoridad pública (intendente o gobernador) del punto de origen del traslado, indicando fecha y hora del traslado, cantidad de personas a transportar -adjuntando nómina con nombre, apellido y documento de cada uno de ellos-, origen, destino y paradas del servicio.

Esta nota deberá acreditar que quienes serán trasladados son argentinos o extranjeros residentes en la República Argentina y los motivos del traslado solicitado. A su vez, deberá dejarse expresa constancia de que los pasajeros han sido evaluados respecto de su estado de salud, en lo que refiere al COVID-19.

Además, deberá acompañarse nota de la autoridad pública de destino (intendente o gobernador) prestando conformidad al traslado.

En todos los casos -añade la medida- deberá contratarse a una transportista habilitada para realizar servicios de transporte automotor en jurisdicción nacional y la transportista contratada deberá informar la solicitud al sitio de internet ssta@transporte.gob.ar con una síntesis del pedido de traslado, a la que se adicionará el DUT vigente, las notas referidas anteriormente y un teléfono celular de contacto. Al igual que el caso anterior y una vez analizada la solicitud, se emitirá la nota de autorización, en el caso de corresponder.