Por medio de la Comunicación A6958, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las entidades financieras deberán abrir sus puertas para la atención al público en general -sin acceso a las cajas (ventanillas) de atención al público- a partir del lunes 13 de abril y hasta el viernes 17 próximo, según un cronograma que dependa de la terminación del DNI o dígito verificador del CUIT y con turno acordado previamente con la entidad a través de los canales electrónicos.
Según indicaron, las personas tendrán que solicitar un turno previamente a través de los canales electrónicos que los bancos habiliten -home banking, línea de teléfono o mail- para ser atendidas, siendo que el mismo quedará registrado en un comprobante para luego ser presentado de manera obligatoria para ingresar al banco (paralelamente, también servirá como permiso de circulación).
Las entidades bancarias, por su parte, deberán poner a disposición de los clientes estos turnos por canales electrónicos a partir del miércoles 8 de abril.
“Los clientes sólo podrán concurrir a las sucursales el día de la semana asignado según el cronograma que contempla el último número del DNI para las personas humanas y el dígito verificador del CUIT para las personas jurídicas. El lunes podrán ir los terminados en 0 y 1; el martes, 2 y 3; el miércoles 4 y 5; el jueves, 6 y 7; y el viernes 8 y 9”, especificaron desde el Banco Central.
Por otra parte, la atención de clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), o de aquéllos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será conforme al cronograma que difunda la ANSES o que el correspondiente ente administrador establezca, no siendo necesaria la obtención de turno.
Asimismo, los bancos seguirán atendiendo en su horario habitual, extendiendo dos horas la jornada y cumpliendo estrictamente las normas de seguridad e higiene para preservar la salud de los clientes y de los trabajadores bancarios.
En otro orden, también se dispuso que las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y compra y los otros proveedores no financieros de crédito deberán abrir sus sucursales para la atención al público en general, entre el 13 y el 17 de abril, con el mismo esquema de los bancos, y que para estos casos los clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones también deberán solicitar previamente los turnos para ser atendidos y concurrir a la sucursal.
Por último, se estableció que las casas de cambio no podrán atender al público en sus sucursales, aunque podrán operar en el mercado cambiario entre ellas, con entidades financieras y con clientes en forma remota.