El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) anunció que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mes de abril fue de 1,5% en relación a marzo pasado, acumulando de esta manera una variación interanual de 45,6%.
Según indicaron desde el organismo estadístico, los principales incrementos se dieron en los rubros “Alimentos y bebidas no alcohólicas” (3,2%), “Recreación y Cultura” (2,3%), “Prendas de vestir y calzado” y “Restaurantes y hoteles” (1,5%), y “Bebidas alcohólicas y tabaco” (1,4%).
“En abril de 2020, los Alimentos y bebidas no alcohólicas aportaron la mayor incidencia sobre la variación mensual en todas las regiones de la Argentina, excepto en la Patagonia, donde lideró Transporte”, analizaron.
En relación al incremento tomado por regiones, el Gran Buenos Aires registró una inflación de 1,4%, la zona Pampeana un 1,5%, el Noreste 2,1%, el Noroeste 2,6%, Cuyo 1,3% y la Patagonia 0,6%.
En otro orden, el INDEC aclaró que ante la continuidad de las restricciones de circulación de las personas por la pandemia del coronavirus, incorporaron modalidades no presenciales de relevamiento, en línea con lo sugerido por los organismos internacionales en la materia y las oficinas de estadística de otros países (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, FondoMonetario Internacional, Eurostat, entre otros).
Ante ese panorama, señaló que la incorporación de la información proveniente de relevamientos no presenciales se obtuvo de la siguiente forma:
-En aquellos negocios que permanecieron abiertos al público y que disponen de medios alternativos al presencial, los precios fueron relevados a través de métodos no presenciales (consulta telefónica, por correo electrónico, online, etc.).
-En aquellos negocios que permanecieron cerrados al público pero que ofertaron sus productos por canales digitales, los precios fueron relevados en forma online o telefónica.
-En el caso de aquellos negocios que permanecieron cerrados al público y que no ofertaron sus productos a través de canales digitales no se relevaron sus precios y, cuando correspondió, se imputaron o desparticiparon por la variación de los pares o del grupo inmediatamente superior al que pertenecen.
-Para el caso de las tarifas y otros ítems regulados por el Estado se consideraron normalmente desde su vigencia, según las resoluciones que lo establezcan.