Por medio del Decreto 734/2020 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional le dio creación al “Programa de Apoyo y Acompañamiento a personas en situación de riesgo por violencia por motivos de género” (ACOMPAÑAR), en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, con el objetivo de promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo acreditado por situación de violencia por motivos de género, mediante el otorgamiento de una prestación económica y del fortalecimiento de redes de acompañamiento, destinado a cubrir los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.
En ese sentido, se especificó que se entiende por personas en situación de violencia por motivos de género que se encuentren en “riesgo”, a aquellas mujeres y personas LGBTI+ que por sus condiciones socio económicas y vinculares se encuentren expuestas a diversas manifestaciones de las violencias por motivos de género que ponen en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social.
Es por ello que para acceder a la prestación del programa ACOMPAÑAR, se requerirá acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad de Buenos Aires. De la misma manera, podrá requerir la prestación toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a 1 año anterior a la solicitud, a partir de los 18 años de edad.
En efecto, se determinó que la prestación económica consistirá en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva por el valor de 1 salario mínimo vital y móvil, que se abonará durante 6 períodos mensuales consecutivos, a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo acreditada por violencia por motivos de género.
Dicho apoyo económico, por su parte, tiene la finalidad de contribuir a solventar los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencia por motivos de género, y resulta compatible con Asignación Universal por hijo o hija; Asignación Universal por Embarazo para Protección Social; Asignación por hijo o hija con discapacidad; Monotributo Social; Ingreso Familiar de Emergencia (IFE); y trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
No obstante, también se aclaró que la prestación que otorga el programa resulta incompatible con el goce por parte de la persona postulante de:
-Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; monotributo; y régimen de autónomos, excepto Monotributo Social y trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
-Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado nacional.
-Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad de Buenos Aires.
-Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
-Prestación por desempleo.
Asimismo, la percepción del apoyo económico cesará por fallecimiento de la persona destinataria; renuncia expresa; ingreso a otro programa social de apoyo económico destinado a personas en situación de violencia por motivos de género; e incompatibilidad sobreviniente al otorgamiento por verificarse alguno de los supuestos mencionados anteriormente.
Por otra parte, se estableció que durante el plazo en el que las personas en riesgo reciban la prestación económica, el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, en articulación con las jurisdicciones que hayan suscripto los respectivos convenios, brindarán acompañamiento promoviendo el fortalecimiento psicosocial de la persona, al tiempo que promoverá capacitaciones a las Unidades de Acompañamiento con el objetivo de reforzar sus herramientas y metodología de abordaje para que puedan garantizar el enfoque de género en el acompañamiento y el fortalecimiento de las personas receptoras del apoyo económico.
En otro orden, se decidió que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tendrá a su cargo el pago de la prestación económica que resulte de la aplicación del programa ACOMPAÑAR, quedando facultada de esta manera para dictar las normas necesarias para la implementación del mismo.