Quedaron establecidos los protocolos de transporte de pasajeros aéreo, automotor y ferroviario

Ante la reanudación de los vuelos regulares de cabotaje comercial, así como también del retorno del transporte ferroviario y automotor de pasajeros, se trabajó en la elaboración de protocolos con el fin de evitar que los mismos se conviertan en un eventual foco de contagio de coronavirus. Por Cuarto Intermedio

Foto: Ministerio de Transporte de la NaciónFoto: Ministerio de Transporte de la Nación

A partir de la reactivación de la conectividad en el país que se realizará de manera paulatina, el Ministerio de Transporte de la Nación volvió a remarcar que durante esta primera instancia sólo podrán acceder al transporte aquellos trabajadores que desarrollen tareas esenciales, o bien quienes tengan que trasladarse por tratamiento médico, con un acompañante, y que cuenten con el correspondiente Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19.

Para el caso del sector aerocomercial, desde la cartera conducida por Mario Meoni especificaron que los operadores de los servicios deberán contar con protocolos y procedimientos elaborados de conformidad con los lineamientos y recomendaciones del Ministerio de Salud, y las implementaciones serán fiscalizadas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). A su vez, ésta podrá requerir la intervención y/o informes al “Comité de Crisis Prevención COVID-19 en el Transporte Aéreo”.

La ANAC, por su parte, aprobará las programaciones horarias de las operaciones de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial, con la conformidad de los gobernadores provinciales y del jefe de Gobierno porteño, atendiendo a la situación epidemiológica de cada zona del país, que sean determinadas por las respectivas autoridades sanitarias.

Por otra parte y en relación al retorno de los servicios de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional, el Ministerio de Transporte recordó que se deberán aplicarse los protocolos respectivamente elaborados por el “Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Automotor” y el “Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Ferroviario”, siendo que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) fiscalizará la implementación de los protocolos y podrá actualizarlos en caso de que corresponda.