Autorizan aumentos para los servicios de televisión por cable, internet y telefonía fija

Las prestadoras de estos servicios podrán aplicar incrementos que irán de entre un 5 y hasta un 7,5 por ciento, dependiendo del tipo del plan contratado. Comenzarán a regir a partir de marzo. La medida no abarca ni alcanza a los precios de las Prestaciones Básicas Universales. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 204/2021 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó aumentos para los servicios de televisión por cable, internet y telefonía fija a partir del mes de marzo.

En efecto, se estableció que las Licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF) podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021 y tomando como referencia sus precios vigentes en hasta un 5%.

De la misma manera, las Licenciatarias de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVAINT) también podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021 y tomando como referencia sus precios vigentes y autorizados mediante Resoluciones ENACOM 1466/2020 y 27/2021, según el siguiente esquema: planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con menos de 100.000 accesos totales hasta un 7%; planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con 100.000 accesos totales o más hasta un 5%; planes que ofrecen 50 Mbps o más de velocidad de bajada, Segmento Hogar hasta un 7,5%; y planes corporativos hasta un 7,5%.

Asimismo y respecto a las Licenciatarias de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico o Radioeléctrico (SRSVFR), la medida estableció que podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021 para abonos de TV residenciales en cualquiera de sus modalidades (pospaga o prepaga) y tecnologías (analógica, digital, “HD”, entre otras) tomando como referencia sus precios vigentes y autorizados según el siguiente esquema: planes ofrecidos por prestadores de SRSVFR con menos de 100.000 accesos totales hasta un 7%; planes ofrecidos por prestadores de SRSVFR con 100.000 accesos totales o más hasta un 5%; y planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium” hasta un 7,5%.

Por último, las Licenciatarias de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo Satelital (DTH o TV Satelital) podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021 para abonos de TV residenciales en cualquiera de sus modalidades (pospaga o prepaga), y tecnologías (analógica, digital, “HD”, entre otras), según el siguiente esquema: planes de prestadores de DTH o TV Satelital con menos de 200 canales hasta un 5%; planes de prestadores de DTH o TV Satelital con 200 canales o más hasta un 7,5%; y planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium” hasta un 7,5%.

En otro orden, la norma aclaró que lo dispuesto no abarca ni alcanza a los precios de las Prestaciones Básicas Universales (PBU) y Obligatorias aprobadas por la Resolución ENACOM 1467/2020; al tiempo que estableció que las modificaciones que las Licenciatarias eventualmente realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales con arreglo a las autorizaciones de incrementos aprobadas, podrán ser comunicadas al ENACOM al momento de su aplicación de conformidad con las disposiciones legales y modalidades de información vigentes.