Empresas podrán tramitar entre el 22 y 26 de febrero la inscripción al REPRO II

La Administración Federal de Ingresos Públicos recordó que los empleadores inscriptos en el Programa REPRO II podrán tramitar, entre los días 22 y 26 de febrero, el beneficio para el pago de los salarios correspondientes al segundo mes del 2021. Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que se habilitó el sistema para que las empresas tramiten el Programa de Recuperación Productiva (REPRO) II del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el cual fue diseñado con el fin de sostener el empleo en sectores con dificultades económicas, las cuales se vieron agravadas a partir de la pandemia del coronavirus.

La asistencia a las empresas, por su parte, consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus correspondientes remuneraciones, siendo que el monto de la misma es variable según el sector en que la compañía desarrolle sus actividades:

Sectores no críticos: $9.000.

Sectores críticos: $12.000.

Sector salud: $18.000.

Asimismo se aclaró que en el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador resulte inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta, que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada ante la AFIP.

Por tanto, desde la AFIP remarcaron que la inscripción debe realizarse a través del servicio con clave fiscal “Repro II”, entre el 22 y el 26 de febrero de 2021, y que una vez que se confirmen los datos de facturación el usuario será redireccionado a la página del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para completar, en caso de corresponder, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.