Por medio de la Resolución 330/2021 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio Interior nacional resolvió que la intimación a las grandes compañías abarca desde la provisión de insumos, hasta los bienes finales, el transporte, la distribución y comercialización.
El objetivo de la norma, de acuerdo a lo argumentado, es prevenir en el contexto de recrudecimiento de la pandemia por el COVID 19 una reducción injustificada en la oferta de productos para el mercado interno.
En efecto, la medida rige para aquellas compañías del sector industrial que facturen más de $3.955.200.000 por año, y las del sector comercial que registren una facturación anual superior a $3.698.270.000, de acuerdo a lo establecido por la Res. SEPYME 220/2019 y sus modificatorias.
La dependencia gubernamental que conduce Paula Español adoptó esta medida luego de haber advertido la existencia de situaciones de escasez de insumos y bienes finales que son particularmente perjudiciales en la coyuntura de la emergencia sanitaria actual.
Con esta intimación a incrementar la producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y asegurar el transporte, la distribución y comercialización, entonces, se busca resguardar el interés económico general y evitar situaciones de desabastecimiento que puedan perjudicar a los consumidores.
“El incumplimiento de la presente resolución hará que las empresas infractoras puedan recibir sanciones previstas en la Ley de Abastecimiento (N° 20.680)”, advirtieron desde Comercio Interior.