Sobre el cierre de la semana anterior, la Cámara del Crimen ordenó tramitar una acción de habeas corpus para analizar la constitucionalidad de los decretos que restringieron la movilidad.
Los impulsores de la acción pidieron “un examen de constitucionalidad y convencionalidad respecto de las restricciones a la libertad ambulatoria y de tránsito”.
El juez de instrucción Diego Slupski desestimó el planteo, pero los camaristas Magdalena Laíño, Ignacio Rodríguez Varela y Marcelo Lucini revocaron esa decisión por “prematura”.
“Las restricciones que surgen del DNU involucran derechos fundamentales garantizados por la Constitución Nacional”, advirtió el fallo.
El juez Slupski deberá emitir un nuevo fallo y para ello deberá “contar con la respuesta a tales objeciones que pueda formular el Estado Nacional requerido y el gobierno local en cuyo territorio la disposición tendrá directa incidencia”.
Los camaristas consideraron, además, que “sería conveniente que la autoridad requerida concurriera al encuentro con constancias del tratamiento”.