Por medio de la Resolución 2125/2021 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó a todas las entidades de medicina prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) a que dispongan de aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de mayo de 2021, de hasta un 9% a partir del 1º de agosto de 2021; 9% a partir del 1º de septiembre de 2021; 9% a partir del 1º de octubre de 2021; y 9% a partir del 1º de enero de 2022.
Asimismo, se indicó que los agentes del seguro de salud y las entidades de medicina prepaga deberán incrementar los aranceles de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios y usuarios por los prestadores inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de Salud, en un 9% a partir del 1º de agosto de 2021, 9% a partir del 1º de septiembre de 2021, 9% a partir del 1º de octubre de 2021 y 9% a partir del 1º de enero de 2022, siempre sobre los valores vigentes al mes anterior.
“Sin perjuicio de la asistencia financiera excepcional otorgada a los Agentes del Seguro de Salud y los aumentos de valor de cuota autorizados a las Entidades de Medicina Prepaga, corresponde adoptar medidas que contribuyan a dotar de mayores recursos a los prestadores contratados por ellos”, se argumentó entre los considerandos de la medida que lleva la firma de la ministra de Salud, Carla Vizzotti.