En concreto, la iniciativa sancionada por la Cámara de Senadores de la Nación sobre Bienes Personales establece la modificación de los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados gravámenes para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.
Entre otra de sus principales características, también se destaca la eliminación del artículo tercero, el cual permitía gravar por el tributo por bienes personales los plazos fijos que no se depositen por un plazo menor a 275 días.
Por otro lado y en relación a los cambios a la Ley de Monotributo, se eliminará el retroactivo, con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que abonaron entre los meses de enero y junio, y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.
Además, se estableció que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de 5,55 millones de pesos anuales y un patrimonio de hasta 6,5 millones de pesos.
De la misma manera, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación que no supere el 1,5 por ciento mensual, para deudas que se venían pagado en planes vigentes y caducos, así como también para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo.