Por medio de la Resolución 890/2021, el Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 los vencimientos de las prestaciones por desempleo de la Ley N° 24.013 y de la Ley N° 25.371 que se produzcan entre el 1° de agosto de 2021 y el 30 de noviembre de 2021 (el monto de las cuotas de prórroga de las prestaciones por desempleo será equivalente al 70% de la prestación original).
La medida contempla las prestaciones cuyos vencimientos fueran prorrogados por la Resolución del Ministerio de Trabajo N° 260/2020 y/o por las Resoluciones de la Secretaría de Empleo N° 228/2020, N° 432/2020, N° 942/2020, N° 251/2021 y N° 576/2021.
Asimismo se fijó en 30 las cuotas totales, contadas desde la primera otorgada en aplicación del Artículo 117 de la Ley N° 24.013 o del Artículo 6° de la Ley N° 25.371, el límite máximo de cuotas de prestaciones por desempleo a percibir por los titulares de prestaciones por desempleo cuyos vencimientos fueran prorrogados por las Resoluciones nombradas anteriormente.
Por otro lado, se determinó que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) efectuará los cruces informáticos y demás controles a su cargo para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten extendidas por la medida.