Extienden los programas REPRO II y de asistencia a trabajadores independientes en sectores críticos

La prórroga de la vigencia de ambos programas tiene por finalidad atender las consecuencias provocadas por la situación de emergencia generada por la pandemia de coronavirus, ya que las mismas continúan afectando a ciertas actividades y sectores de la economía. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 49/2022, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social extendió hasta enero la vigencia de los programas de Recuperación Productiva II (REPRO II) y de asistencia a trabajadores independientes en sectores críticos, a la vez que estableció que el plazo de inscripción en ambos casos será del 24 al 30 de este mes.

En concreto, en la medida publicada en el Boletín Oficial se determinaron las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del REPRO II.

De esta manera, los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán diciembre de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1° de enero de 2019.

Asimismo, se especificó que el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será noviembre último; en tanto que el corte de actualización de bajas de nómina y el de CBU serán hasta el 21 de enero.

Por otra parte y en el caso de los trabajadores independientes, los mismos deberán presentar una reducción de la facturación superior al 30% en términos reales para el período comprendido entre diciembre último y el mismo mes de 2019, siendo que el período de referencia de pagos a acreditar será del 05/2021 hasta 11/2021 para autónomos; y del 6/2021 hasta 12/2021 para monotributistas (para estos últimos el corte será hasta el 21 de enero, inclusive).