La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) instrumentó, con vigencia al 1° de enero de 2022, una bonificación del 25% sobre el Impuesto Inmobiliario Básico (Edificado, Rural y Baldío) para todos los establecimientos de alojamiento turístico hotelero bonaerenses.
Para acceder a esta bonificación, dichos establecimientos deberán estar inscriptos ante el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos, contar con habilitación municipal, y se otorgará de oficio a las empresas de esta actividad que ya recibieron el beneficio el año pasado siempre y cuando cumplan con los requisitos actuales.
Por tanto y de acuerdo a lo establecido en la resolución publicada en el Boletín Oficial provincial, quienes estén en condiciones de realizar el trámite podrán solicitarlo de manera digital a través de la aplicación “Sistema Integral de Reclamos y Consultas” (SIRyC), disponible en www.arba.gob.ar mediante su CUIT y Clave CIT -quedarán excluidos de este beneficio los hoteles alojamiento o similares-.
Las empresas interesadas, por su parte, deberán presentar una declaración jurada online, adjuntar la documentación respaldatoria, y la Agencia comprobará la validez de todos los datos antes de aprobar la bonificación.
Desde ARBA, además, destacaron que el descuento se aplicará a los titulares del inmueble, o bien un tercero cuando se trate de inmuebles alquilados o cedidos por el contribuyente del Impuesto Inmobiliario para que sean utilizados en servicios de hotelería, hospedaje temporal o camping: en este caso, el beneficio se otorgará una vez que la persona responsable del alquiler acredite que se está haciendo cargo del pago del impuesto.
No obstante, se aclaro que si ya se efectuó el pago de las cuotas previstas sin aplicación de la bonificación, se generará automáticamente un crédito equivalente que se imputará a la cancelación de las cuotas posteriores del mismo impuesto, aun excediendo el ejercicio fiscal 2022.