Declaran la emergencia agropecuaria en Chaco

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas de varios Departamentos de esa provincia afectados por la sequía. La medida regirá hasta el 26 de julio de 2022. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 41/2022 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario -según corresponda- en la provincia de Chaco, desde el 27 de enero de 2022 y hasta el 26 de julio de 2022, a las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas por sequía en los Departamentos de San Fernando, 1º de Mayo, Libertad, General Dónovan, Presidencia de la Plaza, Sargento Cabral, Libertador General San Martín, Maipú, Comandante Fernández, General Güemes, Almirante Brown, Independencia, Quitilipi, 25 de Mayo, Tapenagá y Bermejo.

Por otro lado, se determinó que el 26 de julio de 2022 será la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

De esta manera y a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en la norma.

Por su parte, el Gobierno provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente; mientras que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la Resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509.