La AFIP extiende el plazo para acceder a la moratoria y a la condonación de deudas

En el marco de los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal, la Administración Federal de Ingresos Públicos comunicó que la adhesión a la moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril, mientras que la solicitud para la condonación de deudas será del 1° al 18 de abril.  Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que otorgará más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal, con lo cual la adhesión a la moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril, mientras que la solicitud para la condonación de deudas permanecerá habilitada del 1° al 18 de abril.

A la vez, se indicó que extenderán el plazo hasta el 18 de abril para que los contribuyentes cumplidores puedan acceder a beneficios.

En concreto, para la condonación de deudas el nuevo plazo para acceder al “perdón” fiscal será del 1° al 18 de abril, siendo que la condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. De la misma manera, también abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

Para ingresar su solicitud, se especificó que deberán ingresar a la página web del organismo, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3. En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 18 de abril.

Para el caso de la moratoria, en tanto, la adhesión al plan de regularización estará habilitada hasta el 29 de abril: el plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021.

En otro orden, los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 18 de abril para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de Alivio Fiscal (los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022, se aclaró).