La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) manifestó su preocupación por los “graves” perjuicios económicos y financieros que ocasionan al comercio y los servicios los múltiples regímenes de recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos que aplican tanto las jurisdicciones provinciales como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En ese sentido, indicaron que los mencionados regímenes, sumados a sus similares aplicados por la Nación y por los municipios, constituyen una parte “esencial” de la complejidad del sistema tributario argentino y representan una “pesada carga” administrativa para el sector privado que, de esa manera, debe asumir funciones recaudatorias del Estado sin retribución alguna y sujetas a fuertes penalidades ante errores o moras aún involuntarias.
Por tal motivo y entre los aspectos más gravosos y preocupantes informados por sus asociados, la CAC mencionó, a título ejemplificativo, cuestiones tales como la superposición de regímenes (de percepción, de retención, de recaudación sobre liquidaciones de tarjetas de crédito y sobre acreditaciones bancarias) sobre las mismas operaciones excediendo, en numerosas ocasiones largamente, las alícuotas legales y, por ende, generando permanentes y significativos saldos a favor de los contribuyentes, así como también la no adhesión de ciertos fiscos locales a los regímenes administrados por la Comisión Arbitral, lo cual incrementa los referidos saldos.
De la misma manera, también apuntaron sobre la complejidad para la obtención de atenuación de alícuotas o de la suspensión de la aplicación de los regímenes de recaudación, ante la existencia de saldos a favor del contribuyente; y la “enorme dificultad” que entraña lograr la devolución de saldos a favor, a pesar de los acuerdos -en tal sentido- suscriptos por los fiscos locales con la Nación, entre otras problemáticas.
Ante ello, entonces, desde la CAC impulsan el desarrollo e implementación de regímenes generales unificados de retención y percepción regulados por la Comisión Arbitral, y que hasta tanto dichos regímenes estén en funcionamiento, las jurisdicciones apliquen -en sus regímenes vigentes- un “estricto criterio” de territorialidad y proscriban la aplicación de múltiples regímenes sobre una misma operación.
Además, sugirieron completar la adhesión de todas las jurisdicciones a los regímenes ya implementados, como el SIRCREB y el SIRTAC; establecer procedimientos ágiles y automáticos para atenuar las alícuotas o suspender la aplicación de los regímenes de recaudación ante la existencia de saldos a favor, sin perjuicio de las facultades de fiscalización posterior por parte de los fiscos; y asegurar sistemas expeditivos de devolución de saldos a favor de los contribuyentes que superen determinada proporción respecto del impuesto por ellos ingresado.
Paralelamente, la entidad consideró que se invista a la Comisión Arbitral de las facultades que resulten necesarias para la implementación y administración de los regímenes unificados de recaudación, y que estos resulten de aplicación obligatoria para todos los fiscos una vez que adhieran más de dos tercios de ellos; y legitimar a los contribuyentes para exigir a los fiscos el cumplimiento de las cláusulas de los consensos o acuerdos fiscales suscriptos.
Por último, recordaron que han estado en contacto con las autoridades de la Comisión Arbitral y de la Secretaría de Ingresos Públicos de la Nación, en orden al logro de los objetivos mencionados, y que se encuentran disponibles para colaborar abiertamente con dichos organismos, a fin de lograr la “pronta implementación” de las modificaciones propuestas.