Se podrá tramitar la inscripción del REPRO 2 hasta el 30 de marzo

La AFIP indicó que las compañías contarán con la posibilidad de tramitar las inscripción al Programa de Recuperación Productiva 2 entre el 23 y el 30 de marzo de 2022, inclusive. Se trata de la herramienta diseñada para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas a partir de la irrupción de la pandemia del coronavirus. Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó que entre el 23 y el 30 de marzo permanecerá habilitado el sistema para que las empresas tramiten la inscripción al programa REPRO 2 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

En efecto, cabe mencionar que la asistencia a las empresas consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus remuneraciones, siendo que la medida beneficia a gastronómicos, empresas de turismo y otros sectores de la economía considerados como “críticos” desde la irrupción de la pandemia del COVID-19.

De acuerdo a lo especificado por el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, los montos del beneficio que perciben directamente los trabajadores de cada empresa dependen del sector, siendo estos:

-Sectores no críticos: $ 9.000.

-Sectores críticos: $ 22.000.

-Sector salud: $ 22.000.

Para acceder entonces al beneficio, los empleadores deberán cumplir con los parámetros establecidos para los indicadores que se detallan en “Medidas de Alivio”. Además y para determinar la nómina de personal y el monto de los salarios, se considerará como referencia al mes de febrero de 2022; mientras que para el cálculo de la variación interanual de la facturación la normativa dispone que se utilicen los datos correspondientes a los meses febrero de 2019 y febrero de 2022 (deberán consignar la CBU de cada trabajador).

De esta manera, el servicio con clave fiscal “Programa REPRO 2” estará disponible hasta el 30 de marzo de 2022, inclusive.