El Ministerio de Desarrollo Productivo, a través de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, relanzó el régimen aduanero Drawback a través del cual las empresas que exportan productos elaborados con insumos importados pueden acceder a un reintegro, total o parcial, de los importes que se hubieran pagado en concepto de derechos de importación y tasa de estadística.
De esta manera y a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 212/2022, se realizaron modificaciones a la gestión del trámite con el objetivo de simplificar el procedimiento y agilizar la tramitación, liquidación y pago de los beneficios para favorecer al sector exportador en su operatoria de comercio exterior.
Para acceder al reintegro, entonces, las empresas solicitantes deberán estar inscriptas en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP), y el trámite de tipificación de la mercadería se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Hasta el momento, el régimen Drawback implicaba prácticamente una tramitación por operación, con lo cual y gracias a la nueva modificatoria, el Certificado de Tipificación Drawback tendrá un plazo de cinco años para ser aplicado a diferentes operaciones comerciales, en tanto no se modifique la relación insumo-producto declarada y/o la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
Por otro lado, desde la cartera de Desarrollo Productivo aclararon que el producto a exportar podrá contener todas o algunas de las mercaderías importadas aprobadas en el Certificado de Tipificación.