Recién en 2022 entró a regir el código contravencional pero sin que se hubieran constituido los juzgados específicos, por lo que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dictó una Acordada para “establecer que las funciones que la ley N° 1024 le asigna a los juzgados contravencionales sea cumplida por el Juzgado Correccional de cada uno de los distritos judiciales hasta tanto aquéllos resulten habilitados”.
Luego, el STJ presentó ante la Legislatura de Tierra del Fuego un proyecto de modificación del código para eliminar de manera definitiva los juzgados contravencionales y determinar que la competencia en esa materia corresponderá a los jueces correccionales, argumentando que la experiencia recabada en esos sesenta días resultó “suficiente para evidenciar la conveniencia de mantener el diseño establecido, debido a la dinámica que imprimen a la materia los jueces a quienes el procedimiento penal vigente le otorga conocimiento en grado de apelación en la resoluciones sobre faltas municipales y contravencionales”.
Además, sostiene el Máximo Tribunal de Justicia provincial que la “situación planteada dotará de eficiencia y eficacia la actuación de los funcionarios y magistrados, garantizando un mejor servicio”.