Suspenden el régimen de planificaciones fiscales

Según lo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos, el plazo será de 60 días corridos a partir del 31 de octubre de 2022. Se trata del el régimen de planificaciones fiscales previsto en la Resolución General 4838/2020. Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que suspendió, por 60 días corridos a partir del 31 de octubre de 2022, el régimen de planificaciones fiscales previsto en la Resolución General 4838/2020, que estableció un régimen de información de planificaciones fiscales nacionales e internacionales, que comprendía a los contribuyentes y sus asesores fiscales.

De acuerdo a lo argumentado en la Resolución General 5278/2022 publicada en el Boletín Oficial, la decisión se adoptó a raíz de diversos fallos judiciales por los que se ha admitido la pretensión cautelar formulada por la mayoría de los consejos profesionales de ciencias económicas. Ante ello, la AFIP consideró necesario recabar los aportes y opiniones de las entidades que asesoran fiscalmente a sus clientes.

“Con el objetivo permanente de aumentar la eficiencia y eficacia de la información, se considera necesario adecuar el régimen para poder detectar, de manera temprana, las estructuras que resulten agresivas y que produzcan una erosión sustancial de la base imponible en el país”, expresaron desde el organismo recaudador nacional por medio de un comunicado.