La Legislatura fueguina sancionó el 31 de octubre pasado una ley por la cual los empleados públicos provinciales podrán jubilarse con 55 años de edad hasta 2027 y cobrar hasta el 88% de su sueldo en actividad.
La norma contiene un artículo denominado “bonificación por servicios excedentes” en el que se establece que el jubilado podrá superar el 82% móvil accediendo a “un 1% más por cada año y medio de servicio que exceda los aportes necesarios para jubilarse”, con un tope máximo “del 88%”.
La ley establece que de este beneficio quedarán exceptuados los vocales del Tribunal de Cuentas de la provincia, el Fiscal de Estado, los jueces y funcionarios del Poder Judicial, al igual que quienes perciben sueldos superiores al del gobernador.
La norma cambió también la forma de calcular el haber jubilatorio, que antes remitía al promedio de los sueldos de los últimos 10 años de actividad, y ahora promediará los mejores 60 sueldos de los últimos 10 años.
Para solventar el mayor gasto derivado de estos cambios, se estableció que las contribuciones patronales subirán al 16% para el caso de jubilaciones ordinarias y al 18% para los regímenes especiales (dos puntos más que actualmente).
La reforma será promulgada por Melella, quien la asoció con la “recuperación de derechos”, y salió a defenderla cuando Mauricio Macri declaró que ese tipo de iniciativas provocarían un “desastre” en el futuro del sistema previsional.